orcid.org/0000-0003-4409-9260
Ponencia presentada en el IV Encuentro de Genealogía Gran Canaria, organizado por Genealogías Canarias, celebrado en la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Gran Canaria, el 16 de noviembre de 2017.
En el siglo XVIII, el matrimonio en Canarias era un
arma de control utilizado no solo por la iglesia, la cual a través de las
amonestaciones impedían la formación de matrimonios que pusieran en entredicho
las normas públicas, sino también
era
utilizado por las propias familias, en especial aquellas que formaban parte de
las élites en las Islas. Los matrimonios se concertaban dentro de su propio
contexto socio económico con el fin de mantener su patrimonio o de mejorarlo.
La perpetuación de los mayorazgos, apellidos y/o títulos nobiliarios requería
que el futuro consorcio conyugal fuera minuciosamente estudiado por los padres
y posteriormente sometido al apoyo o rechazo de todo el grupo familiar. Se
ponía en juego muchos intereses económicos y sociales por lo que era muy
frecuente que se acordase la unión de dos parientes tan cercanos como un tío
carnal con su sobrina saltándose el orden generacional natural. El beneplácito
de todo el linaje familiar era importante para evitar futuros litigios de
carácter económico. Por ello en muchas ocasiones desde la infancia se diseñaba
el futuro matrimonial de los hijos con el fin de perpetuar el prestigio del
linaje y a ser posible mejorarlo. Marqueses que casaban a su hijo heredero con
la heredera de otro marquesado y al resto de la prole con otros hijos de nobles
y/o jefes de mayorazgos. Sin embargo las estrategias matrimoniales que los
padres diseñaban para los suyos no siempre salían como ellos esperaban surgiendo un conflicto que en la mayoría de las veces terminaba en largos litigios en los tribunales teniendo una gran repercusión en la sociedad. Otras veces, la fuga de uno de los cónyuges para casarse con un amor prohibido ponía en evidencia el enfrentamiento entre las familias y la iglesia convirtiéndose esta última en el mayor enemigo de los planes que un progenitor había elaborado para sus descendientes, algo que terminó resolviendo el rey Carlos III con la Pragmática Sanción de 1776. Con dicha Pragmática el contrayente menor de veinticinco años debía llevar el permiso de su padre para poder casarse. En caso de ser mayor de veinticinco igualmente debía solicitar permiso aunque éste no le fuera concedido, pudiendo casarse igualmente. De esa forma se garantizaba la potestad de la familia ante la llegada de un nuevo elemento evitando un choque innecesario con el estamento eclesiástico al no permitir que el sacerdote casara sin el pertinente permiso paterno. Tanto el siglo XVII como el XVIII estuvieron jalonados por unas perfectas redes familiares construidas a través de una política matrimonial así como por la fundación de una serie de conventos femeninos para cubrir la necesidad de contar con casas donde internar a las hijas que eran destinadas a la vida religiosa con el fin de mantener el estatus y la fortuna familiar no disgregándolas en herencias y dotes. El convento se convertía en un segundo hogar donde varias hermanas convivían con tías y primas. Era también un refugio para mujeres infelices en su matrimonio o para aquellas que pudieran generar algún problema a los planes de la familia. Destinadas a la vida religiosa desde la cuna, las niñas entraban desde su más tierna infancia, casi siempre al cuidado de una pariente cercana. La entrada al convento también evitaría posibles escándalos sociales que pusiera en entredicho al clan familiar. Muchas mujeres que osaron salirse de la norma tuvieron que luchar contra la incomprensión de la sociedad de su tiempo y arrastrar un escándalo que más se agudizaba cuanto mayor prestigio social gozara su familia tal como sucedió con los Llarena en el siglo XVIII. Un ejemplo de este entramado familiar lo encontramos en la Casa troncal de Llarena:
Escudo Llarena, Mesa, Lugo, Bahamonte
Calderón, Ayala, Olivares, Maldonado, Alvarado.
Foto cedida por D. Juan Gómez-Pamo
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padres diseñaban para los suyos no siempre salían como ellos esperaban surgiendo un conflicto que en la mayoría de las veces terminaba en largos litigios en los tribunales teniendo una gran repercusión en la sociedad. Otras veces, la fuga de uno de los cónyuges para casarse con un amor prohibido ponía en evidencia el enfrentamiento entre las familias y la iglesia convirtiéndose esta última en el mayor enemigo de los planes que un progenitor había elaborado para sus descendientes, algo que terminó resolviendo el rey Carlos III con la Pragmática Sanción de 1776. Con dicha Pragmática el contrayente menor de veinticinco años debía llevar el permiso de su padre para poder casarse. En caso de ser mayor de veinticinco igualmente debía solicitar permiso aunque éste no le fuera concedido, pudiendo casarse igualmente. De esa forma se garantizaba la potestad de la familia ante la llegada de un nuevo elemento evitando un choque innecesario con el estamento eclesiástico al no permitir que el sacerdote casara sin el pertinente permiso paterno. Tanto el siglo XVII como el XVIII estuvieron jalonados por unas perfectas redes familiares construidas a través de una política matrimonial así como por la fundación de una serie de conventos femeninos para cubrir la necesidad de contar con casas donde internar a las hijas que eran destinadas a la vida religiosa con el fin de mantener el estatus y la fortuna familiar no disgregándolas en herencias y dotes. El convento se convertía en un segundo hogar donde varias hermanas convivían con tías y primas. Era también un refugio para mujeres infelices en su matrimonio o para aquellas que pudieran generar algún problema a los planes de la familia. Destinadas a la vida religiosa desde la cuna, las niñas entraban desde su más tierna infancia, casi siempre al cuidado de una pariente cercana. La entrada al convento también evitaría posibles escándalos sociales que pusiera en entredicho al clan familiar. Muchas mujeres que osaron salirse de la norma tuvieron que luchar contra la incomprensión de la sociedad de su tiempo y arrastrar un escándalo que más se agudizaba cuanto mayor prestigio social gozara su familia tal como sucedió con los Llarena en el siglo XVIII. Un ejemplo de este entramado familiar lo encontramos en la Casa troncal de Llarena:
D. Benito Viña de Vergara y Llarena, Mayorazgos de su casa,Regidor perpetuo de Tenerife, Sargento mayor de
milicias de la Orotava, casa con Dña.
Juana Alvarado Bracamonte Vergara y Grimón, hermana del primer marqués de
la Breña y también de Dña. Francisca, I marquesa de Villanueva del Prado. Entre
sus descendientes destacamos a:
1.-Dña.
Maria Viña de Vergara Alvarado y Bracamonte, señora de los mayorazgos de
Viña
y de una regiduría perpetua de Tenerife. Es la primera esposa de su primo
hermano D. Alonso de Nava y Grimón
Alvarado y Bracamonte, II marqués de Villanueva del Prado. Estos mayorazgos
por alianzas sucesivas entraron en las
Casas de los marqueses de las Cuevas del Becerro, residente en Écija (Sevilla).
De entre sus hijos será D. Benito de Nava quien se convertirá en el III marqués Villanueva del Prado.
Dña. María Viña de Vergara
Alvarado y Bracamonte.
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Tras el fallecimiento de Dña. María, D. Alonso
volvió a casar con Dña. Catalina Aguilar
Ponte de León y Guzmán. De entre sus hijos destacamos a:
-D. Pedro
Nava y Grimón Aguilar Ponte de León nacido en La Laguna en 1700 y que será
el IV marqués de Villanueva del Prado
tras la muerte de su medio hermano.
-Dña. Ignacia Nava y Grimón Aguilar Ponte de León que casa con D. Esteban Llarena Calderón y Mesa,
de los cuales nos ocuparemos posteriormente.
2.-Florentina Viña de Vergara Alvarado y Bracamonte que casa con D.
José Mesa Lugo Llarena Cabrera, I marqués de Torre Hermosa. Caballero de la
orden de Calatrava, Maestre de Campo y regidor perpetuo de Tenerife. Casa en
segundas nupcias con D. Diego Benítez de Lugo Gallinato y Vergara, II marqués
de Celada.
Casi cuatro décadas más tarde, la familia vuelve a
sufrir las inclemencias de una aceptada norma social como era el matrimonio concertado en la figura de Dña.
Florentina Llarena Calderón Nava y Grimón.
Dña.Francisca Juana Mesa Viña de Veragara, II
marquesa de Torre Hermosa y su primo hermano D. José Antonio Llarena Calderón
Viña de Veragra, III marqués de Acialcázar tuvieron entre otros hijos a:
D. Esteban de Llarena Calderón y Mesa
D. Diego Llarena Calderón y MesaD. Fernando Llarena Calderón y Mesa
D. Esteban Llarena Calderón y Mesa casó con Dña. Ignacia Nava
Grimón Aguilar Ponce de León y tuvieron una única hija: Dña. Florentina de Llarena Calderón y Nava
Grimón.
Dña Florentina nacía el 16 de diciembre de 1721 en
La Laguna (Tenerife) siendo bautizada
el 26 del mismo mes en la parroquia de
Ntra. Sra. de los Remedios(1). Su padre fallece a los pocos meses de haber nacido ella y su madre vuelve a casar. Dña. Florentina, hija única se convierte en la heredera de los marquesados de Acialcázar y Torre Hermosa, de la jefatura y mayorazgos de las Casas de Llarena, Calderón y Valcárcel así como de las Casas de Mesa, Lugo y Ayala, con sus patronatos y del Alguacilazgo mayor de Tenerife.
Artesonado del palacio Nava. La Laguna
Escudo Nava y Grimón.
Imagen cedida por D. Carlos Rodríguez Morales
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Con dicha herencia, sus abuelos, tomaron la
decisión de casarla con el hermano de su padre, hijo segundo de los marqueses
de Acialcázar, con el fin de evitar posibles litigios familiares y de paso
mantener a raya a los pretendientes que deseaban ascender en estatus social. El
24 de febrero de 1734 y tras la concesión de la dispensa canónica Dña.
Florentina que contaba con doce escasos años de edad, contraía matrimonio con
su tío carnal D. Diego de Llarena Calderón y Mesa(2), veinte años mayor que
ella, en el oratorio de la casa de La Laguna de sus abuelos los marqueses de
Acialcázar y de Torre Hermosa(3) Pero Dña. Florentina desafió las normas de
género impuestas por la sociedad de la época abriendo una brecha en una de las
familias más importantes del momento. Dña. Florentina no disimulaba ante las
criadas su malestar por el matrimonio al que había sido sometida, haciéndolas
cómplices de sus actividades que lejos estaban de la obediencia que juró a su
marido en el oratorio de la casa de sus abuelos. En agosto de 1735 y cuando contaba con trece años, estando en Santa Cruz, se la vio saliendo
al amanecer vestida de hombre y con manto acompañada de la mulata Josefa con el
pretexto de ir a confesarse pero su camino tomó dirección a la casa del
Comandante General de Canarias D. Francisco
José Emparan. Allí le esperaba el
paje del comandante. En diciembre del mismo año volvieron a Santa Cruz a pasar
unos días, el marqués de Acialcázar con su familia, incluyendo a Dña.Florentina
y marido. Ella continuaba su galanteo con José Ignacio citándolo para que
viniese en horas nocturnas. Una noche mientras su pretendiente
esperaba a que ella saliera al
balcón apareció un familiar de la futura marquesa el cual cogió dos chinas y las arrojó con fuerza
al suelo para que el paje se percatara de su presencia y se marchase. Al
marqués le llegaron noticias de las veces que su nieta descolgaba una escala
por el balcón para que sus galanes subieran. Dña. Florentina era una
adolescente de escasos trece años que no aceptaba su matrimonio. Jugaba a ser
mujer con los galanes que le salían al paso
(pajes, cocheros, un médico protestante, un inglés recién converso que
la familia de ella embarcó para poner agua más que tierra, por medio………….pero
nada serio para ella…. hasta que un día
Dña. Magdalena de Llarena Calderón, viuda condesa de La Gomera, decidió pasar
unos días con sus hijos en casa de su hermano D. José Antonio de Llarena,
abuelo de Dña. Florentina. Por primera vez ella sintió algo distinto por el
hijo mayor, D. Antonio José de Herrera y Llarena, trece años mayor que Dña.
Florentina, y primo hermano de su marido que había heredado el título de Conde
de La Gomera, Señor de el Hierro y marqués de Adeje, un año antes, en 1734 con
el fallecimiento de su padre D. Juan Bautista de Herrera y Ponte. Era soltero y ella no podía disimular
sus sentimientos. Estando D. Diego, su marido, en la calle ella mandó a
llamar al Conde de La Gomera para hablar con él alertando a las criadas que si
su marido llegaba, la avisaran. Pero él llegó improvisadamente con el tío de
ella, D. Juan Bautista de Franchi. Contaban las criadas que
D. Diego se
enfureció tanto cuando los vio que los quiso matar y que gracias a la
intervención de D. Juan Bautista que lo apartó de ellos, la sangre no llegó al río. El conde se marchó definitivamente a su casa no sin antes pasar unos días en Sta. Cruz. Dña. Florentina nunca perdonó a su marido el comportamiento de aquel día solicitando a la mulata María Benito que le hiciera ciertos brebajes. En días posteriores D. Diego comenzó a sentir cólicos cada vez más fuertes y se corrió la noticia de que Dña. Florentina quería matar a su marido. Sus parientes fueron a sacar a D. Diego que estaba convaleciente para llevarlo a la hacienda familiar de la Vizcaína en la Orotava. El escándalo estaba servido. Dña. Florentina se fue a vivir con su madre. El 3 de abril de 1736 escribía a su tío D. Juan Bautista de Franchi para manifestarle su enfado por el comportamiento de su marido aquel día y rogándole que en cuanto regresara de Candelaria se acercara a la casa de su madre para hablar con ella. En las siguientes cartas a su tío (4) se deje entrever el miedo que tiene a que la envíen a algún sitio y que quizá él pueda impedirlo. En 1737 cuando Dña. Florentina contaba con dieciséis años, su abuelo inició causa contra ella por adulterio e intento de parricidio en la persona de su esposo D. Diego Llarena (5).
En el mes julio y una vez repuesto, D. Diego
escribe una misiva a su mujer para comunicarle que va a embarcarse a España
y que le gustaría que ingresara en el convento donde están sus tías en
La Orotava hasta que él regresara de su viaje.
Se trataba del Convento de Monjas Claras fundado por D. José Llarena en
1597 utilizando algunas estancias de su casa.(6) También escribe a su suegra informándola del viaje
y rogándo le deje los alimentos
necesarios para el tiempo en el que va a permanecer en el
convento. Dos años
más tarde, en 1739 el marqués de Acialcázar consiguió una orden real para
recluir definitivamente a su nieta en el Convento de Sta. Catalina de Siena en
La Laguna, ingresando a los 18 años sin convencimiento ni ganas. D. Diego no se
resignaba a su pérdida y enviaba cartas al obispo para que la sacara del
convento y regresara con él. Parece que pasaba los días asomado para
comunicarse con ella ya que el convento estaba enfrente del palacio Nava. Dicen
que la superiora del convento ordenó subir el muro para evitar que él la viera.
Con el tiempo ella se adaptó a la vida de clausura y decidió tomar los votos. Ante
la determinación de Dña. Florentina, su abuelo
hizo escrito de dote ante el escribano Juan Antonio Uriburri el 25 de enero de 1743
pero ella renuncia a la dote por los mismos canales(7). Renuncia a su herencia, a
los títulos, mayorazgos en su marido y a la dote de su abuelo para tomar los
hábitos con la única reserva de una pequeña cantidad para su
manutención. El 27 de enero de 1743, con veintidós años, tomaba los hábitos negros con
el nombre de Sor Florentina de Sto. Domingo de Guzmán pero pronto aparecerían
los problemas porque el marido presionaba no enviando la asignación mensual que
ella se había reservado para su supervivencia.
Veinte años más tarde D. Diego
seguía pidiendo amparo al obispo por la situación que se había creado con la
entrada de su esposa al convento. Parece que el propio obispo fray Valentín
Morán confesaba en 1759 estar mortificado por las instancias que repetía D.
Diego de Llarena. El proceso que inició D. Diego de Llarena en 1739 para
sacarla del convento aún seguía abierto en 1761(8). En diciembre de 1763 acababa de cumplir los
cuarenta y tres años. Su abuelo ya había fallecido
declarando heredero a su segundo hijo D. Diego de Llarena, marido de Sor
Florentina convirtiéndose en el IV marqués de Acialcázar y III de Torre
Hermosa el cual redactaba testamento en esa fecha otorgando los títulos nobiliarios y mayorazgos a su sobrino D. Esteban
Felipe Llarena Calderón Mesa y Graff, hijo legítimo de D. Fernando Llarena Calderón y
de Dña. Magdalena Graff, nieta de Laurescio Yansens y Catalina Reés, nobles
vecinos de Amberes. Por Real Carta dada a 20 de enero de1785 D. Esteban se
convertía en el V marqués de Acialcázar y IV de Torre Hermosa(10).
D. Francisco J. Emparán
Comandante Gral. de Canarias
entre 1735 y 1740
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Carta de Dña. Florentina a su tío
D. Juan Bautista de Franchi
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Convento Sta. Catalina de Siena. |
Fray Valentín Morán Estrada
Obispo de Canarias 1751-1761
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En cuanto a Sor
Florentina, aquella adolescente que renegó de su estado de casada con su tío al que detestó, se convirtió en un pilar para la comunidad realizando grandes mejoras
dentro del convento, llegando a ser priora a los cuarenta y un años hasta los cuarenta y cuatro y repitiendo en cargo a los cincuenta y tres hasta los cincuenta y ocho años. A su mecenazgo se debe el tabernáculo en plata repujada del altar mayor, realizado por el platero Antonio Juan Correa, como recuerda su inscripción dedicatoria acompañada de su escudo de armas. También aparece en el marco del sueño de San José el escudo cuartelado correspondiente a la unión de las casas, Llarena, Calderón, Mesa, Ponte y Lugo. En el mismo convento sor Florentina crió a sor María de los Ángeles de San Juan Colonia, huérfana, y a sus dos sobrinas también religiosas, sor Ángela de Sto. Domingo de Guzmán Nava, hija de los señores marqueses de Villanueva del Prado y a sor Francisca Josefa de San Miguel Llarena Benítez de Lugo, nombrando a las tres en 1790, usufructuarias de todos los bienes y raíces, así como de las celdas que poseía en el convento.
Escudo de armas de Dña. Florentina en el tabernáculo
de plata del altar mayor. Convento Sta. Catalina de Siena.
Imagen cedida por D. Juan Gómez-Pamo Guerra del Río
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A las doce pasadas de
la noche del domingo 30 de junio de 1799, las campanas doblaban por Doña
Florentina de Llarena Calderón Nava y Grimón. Tenía setenta y siete años de edad esfumándose,
con el último tañido, las adendas finales del contrato con la vida que alguien
se encargó de firmar por ella.
Y si hoy nos asombramos de ciertas costumbres y
normas sociales del XVII, XVIII o del
XIX ¿qué pensarán de las nuestras en los siglos venideros?
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(1) Libro XVIII de bautismos, folio 164 vuelto. Parroquia Ntra. Sra. de los Remedios. La Laguna.
(2) Libro III de bautismos, folio 291 vuelto. Parroquia Ntra. Sra. de la Peña de Francia. Puerto de la Cruz.24 de enero de 1701.
(3) Libro X de casamientos, folio 47. Parroquia Ntra. Sra. de los Remedios. La Laguna.
(4) Archivo Zárate Cólogan. AHPSCT
(5)Archivo Histórico Diocesano de Las Palmas. Tribunal Eclesiástico. Caja 41.
(6)El convento de las Clarisas fue derribado y sobre sus ruinas los arquitectos Maffiotte y Manuel de Oraá construyeron a mediados del siglo XIX el palacio que hoy en día alberga el Ayuntamiento de La Orotava.
(7) Archivo Histórico Provincial Sta, Cruz de Tenerife. Caja 60-9, nº 1385
(8)Archivo Histórico Diocesano de Las Palmas. Tribunal Eclesiástico. Caja 100
(9)Libro VIII de enterramientos, folio 102 vuelto. Parroquia Ntra. Sra. de la Concepción. La Laguna.
(10)En la mayoría de los documentos consta como VI marqués de Acialcázar lo cual es erróneo ya que dan por hecho que Dña. Florentina fue la IV marquesa cuando en realidad renunció a su herencia antes de que su abuelo el marqués falleciera.
FUENTES:
-Archivo Municipal San Cristóbal de La Laguna. Libro de profesiones.
-Archivo Histórico Provincial de Sta. Cruz de Tenerife
-Archivo Histórico Diocesano. Diócesis Nivariense.
-Archivo Histórico Diocesano. Diócesis de Canarias.
-Anuario de Estudios Atlánticos, nº 53(2007). Excmo. Cabildo de Gran
Canaria
-ALEMÁN RUÍZ, E. Reflexiones sobre la profesión religiosa femenina en
Canarias, en el Atiguo Régimen. XIV Coloquio de Historia Canario-Americano.
Coloquio XIV, Editorial Cabildo de Gran Canaria. Año 2000. Págs.1683-1700
-ARBELO GARCÍA,A. La burguesía agraria del Valle de La Orotava. Edit.
Thesaurus. 1986
-FERNANDEZ DE BETHENCOURT, F. Nobiliario de Canarias. J. Régulo
Editor. La Laguna. 1952.Tomos I,III y IV.
-FRAGA GONZÁLEZ, M.C. Vínculos hereditarios y patrocinio artístico en
las familia Ponte y Franchi. Anuario de Estudios Atlánticos, nº 53. Año 2007.
Cabildo de Gran Canaria.
-GÓMEZ-PAMO Y GUERRA DEL RÍO, J.R. Emblemas heráldicos de los Mesa
canarios. XIV Coloquio de Historia Canario-Americano. Coloquio XIV, Editorial
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-GUIMERÁ PERAZA, M. Dos ilustrados tinerfeños: D. Segundo de Franchi,
marqués de la Candia, y D. Gaspar de Franchi, marqués de Sauzal. Anuario de
Estudios Atlánticos, nº 29.Año 1983. Cabildo de Gran Canaria.
-MARTÍNEZ SOTO, M. El matrimonio en el siglo XVIII.
-PERAZA DE AYALA, J. Historia de la Casa de Llarena. Revista de
Historia. Tomo 4, año 2007, nº 026; Tomo 4, año 2008, nº031; Tomo 5, año 2009,
nº 034. ULPGC.
-PÉREZ MORERA, J. La república del claustro: jerarquía y estratos
sociales en los conventos femeninos. Anuario de Estudios Atlánticos, nº 51.
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monástico. La funcionalidad social de los conventos femeninos. Revista de
Historia Canaria, nº 187. Edit. Universidad. Servicio de Publicaciones. ULPGC.
Año 2005. Págs. 159-188.
-SANTA CRUZ, X. Marinos canarios integrados en la Armada Real: pruebas
de ingreso de los guardias marinas conservadas en el Archivo de la Armada en el
Viso del Marqués (Ciudad Real). Anuario de Estudios Atlánticos, nº 46. Año
2000. Cabildo de Gran Canaria.